Juristas analizan en el ICAM la evolución del procedimiento de Segunda Oportunidad en pleno repunte de concursos de personas físicas

Con el aumento de concursos presentados por personas físicas como telón de fondo —un 44 % más en el primer trimestre de 2025, según datos del CGPJ—, el II Congreso Nacional de Segunda Oportunidad ha arrancado este jueves en el Colegio de la Abogacía de Madrid con el análisis de los principales retos normativos y jurisprudenciales del procedimiento. El tratamiento del crédito público, la consolidación de criterios judiciales y el impacto de la futura directiva europea sobre insolvencia han centrado la apertura del encuentro, que reúne durante dos días a más de veinte especialistas del ámbito jurídico, académico e institucional.

El presidente del Observatorio de la Segunda Oportunidad del ICAM e impulsor del Congreso, José María Puelles Valencia, fue el primero en tomar la palabra para contextualizar el momento que atraviesa el sistema. De acuerdo a los datos del primer trimestre del año publicados esta semana por el Consejo General del Poder Judicial, todas las comunidades autónomas han registrado un aumento en la presentación de concursos de personas físicas, con especial incidencia en Cataluña, Andalucía, Comunidad Valenciana, Madrid y Murcia.

De mantenerse esta tendencia, advirtió Puelles, 2025 podría marcar un nuevo récord histórico de procedimientos iniciados por particulares, consolidando así la implantación del mecanismo de segunda oportunidad en el conjunto del sistema concursal.

“Un éxito de la ley”

En representación de la Junta de Gobierno ICAM, el diputado Javier Mata participó en el acto inaugural con una intervención centrada en el papel creciente del mecanismo en la realidad económica y social del país. Mata destacó el aumento de los procedimientos concursales de personas físicas como un indicador del impacto real de la normativa y subrayó que este incremento debe interpretarse no como un fracaso económico, sino como “un éxito de la ley”.

A juicio de Mata, esta evolución “merece un análisis sociológico” y está directamente relacionada con el desajuste entre los ingresos de muchas familias y el coste creciente de la vivienda, tanto en propiedad como en alquiler. También apuntó al efecto llamada derivado de la consolidación jurisprudencial: “Una regulación que era novedosa, una regulación que ha generado muchas dudas y muchas interpretaciones, poco a poco se va ajustando”.

Una batalla ganada a la Administración

En este contexto, celebró la aparición de resoluciones judiciales que avanzan hacia una interpretación más garantista del mecanismo, como la reciente del Juzgado de lo Mercantil n.º 19 de Madrid, que abre la puerta a la exoneración del crédito público para deudores de buena fe, en línea con la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. “Mi opinión de futuro es que creo que es una batalla ganada y creo que perdida para la Administración”, afirmó. Y, refiriéndose a la situación de estos deudores, añadió: “No existe excusa ninguna para que tenga la cruz perpetua del crédito público. No se justifica”.

Mata concluyó reivindicando la función social del Derecho y el papel de la abogacía en la evolución del sistema concursal: “La ley tiene que ponerse al servicio de la sociedad y cuando la sociedad está evolucionando de una determinada manera, la ley inexorablemente tiene que terminar acoplándose a la evolución de la sociedad”.

Papel clave de la abogacía

El abogado Martí Batllori Bas, vicepresidente del Observatorio de Insolvencia Personal del ICAB y vocal de la subcomisión concursal del Consejo General de la Abogacía Española, intervino también en la apertura del Congreso para reivindicar el papel de la abogacía en la consolidación del mecanismo de segunda oportunidad y en el desarrollo de una jurisprudencia útil para la ciudadanía. Batllori subrayó la importancia de reforzar la formación en esta materia, celebró la presentación de nuevos criterios de los juzgados mercantiles de Madrid y defendió que la jurisprudencia no solo se construye desde los tribunales, sino también desde el impulso argumentativo de los abogados.

A su juicio, la función social del mecanismo se concreta en su capacidad de permitir “la cancelación, la desolación de las deudas, la de volver a empezar”. Recordó que ya en 2014, en una rueda de prensa sobre el entonces incipiente derecho a la segunda oportunidad, un afectado describía el procedimiento como una “herramienta de felicidad”. “Este derecho que hemos hablado muchas veces, el derecho a la felicidad, que es la segunda oportunidad, creo que merece que estemos formados y formadas de forma profunda, que tengamos un conocimiento muy claro de la normativa, que podamos ayudar a su modificación y a su adaptación”, afirmó.

Perspectiva europea

Tras la sesión inaugural, la catedrática de Derecho Mercantil de la Universidad CEU San Pablo, Ana Belén Campuzano, abrió el programa académico con una ponencia centrada en la propuesta de nueva directiva europea sobre procedimientos de insolvencia, actualmente en fase de negociación. Según explicó, el texto presentado por la Comisión Europea en diciembre de 2022 se aleja de los grandes marcos regulatorios para centrarse en aspectos más operativos, como la retroacción, la localización de activos o la atribución de responsabilidad. Mientras algunas de estas medidas avanzan con consenso, otras —como el procedimiento prepack o la liquidación simplificada de microempresas— han quedado bloqueadas.

Una de las novedades inicialmente incluidas en la propuesta, el procedimiento de exoneración rápida para microempresas insolventes, ha sido suprimida en el texto transaccional presentado por la presidencia polaca en mayo. Campuzano atribuyó esta exclusión a la resistencia de los Estados miembros a aceptar imposiciones procesales cerradas, y advirtió que uno de los principales escollos es la falta de una definición armonizada de microempresa a nivel europeo.

Pese a estas dificultades, defendió que el proceso de negociación debe servir como punto de partida para revisar el marco español y anticiparse a futuras exigencias normativas. A su juicio, la experiencia acumulada en la práctica concursal y la existencia de instrumentos ya operativos como el procedimiento especial de microempresas pueden ofrecer una base útil para avanzar en la adaptación del sistema.

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