CRIPTO ACTIVOS Y PREVENCIÓN DEL BLANQUEO DE CAPITALES

En octubre de 2021 el Banco de España habilitó el registro obligatorio para proveedores de servicios de criptomonedas. Con anterioridad se incluyeron a los proveedores de servicios de cambio de moneda virtual por moneda fiduciaria y de custodia de monederos electrónicos como nuevos sujetos obligados en el artículo 2 de la Ley 10/2010. A finales de 2024 aplicará la normativa MiCA. En este curso se analizará la relación entre cripto activos y el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.

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